Viceministerio de Protección Integral de los Derechos del niño, niña y adolescente
De la Composición
El Viceministerio de Protección Integral de los Derechos del Niño, Niña y del Adolescente, sin perjuicio de las dependencias que pudieran crearse por Resolución ministerial, está compuesto por las siguientes:
- a- Dirección General de Cuidados Alternativos (DICUIDA). Ley N° 6486 en su Artículo 11°.
- b- Dirección de Protección y Promoción de Derechos del niño, niña y adolescente.
- c- Dirección de Prevención.
De las Funciones
El Viceministerio de Protección Integral de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, tiene las siguientes funciones y atribuciones:
- a- Dar cumplimiento en sus acciones a las disposiciones normativas, tratados internacionales ratificados por el Paraguay, programas, plataformas de acción y legislación interna en materia de protección integral a niñas, niños y adolescentes.
- b- Implementar las estrategias y políticas elaboradas por el MINNA y por el Sistema Nacional de Protección y Promoción de la Niñez y Adolescencia, para dar cumplimiento al derecho de la niña, niño y adolescente a la protección integral priorizando el ciclo de la Primera Infancia.
- c- Elaborar y ejecutar los planes de trabajo del Viceministerio y de las diversas dependencias que lo integran, articulando la ejecución de políticas institucionales con los demás Vice Ministerios y facilitando la capacitación continua y la especialización del personal que lo integra.
- d- Promover la creación o el fortalecimiento de las redes de protección integral a la niñez y la adolescencia, en forma conjunta con otras dependencias competentes del MINNA.
- e- Ejecutar, articular y supervisar las políticas dirigidas a la prevención y protección ante la violencia contra niños, niñas y adolescentes, la pobreza, la exclusión, la explotación y otras realidades adversas que afectan a niños, niñas y adolescentes y que requieren del cumplimiento de su derecho a la protección integral.
- f- Ejecutar, articular y supervisar las políticas dirigidas a la promoción y difusión del derecho del niño, niña y adolescente a la protección integral y a la participación en las acciones dirigidas a garantizar sus derechos.
- g- Otras funciones y atribuciones establecidas en el artículo 7 de la Ley N°6174/2018 y demás normativas, como también las que disponga el Ministro por Resolución.
Funciones de la Dirección General de Cuidados Alternativos (DICUIDA)
Según la Ley N° 6486 en su Artículo 11°, la Dirección General de Cuidados Alternativos (DICUIDA) es la dependencia a través de la cual el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia elabora, ejecuta y monitorea la Política Nacional de Protección Especial para niños, niñas y adolescentes separados de sus familias o en riesgo de estarlo.
Las funciones y atribuciones de estas dependencias serán establecidas por Resolución Ministerial.