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Viceministerio de Planificación, Programas y Proyectos de la Niñez y la Adolescencia

De la Composición

El Viceministerio de Planificación, Programas y Proyectos de la Niñez y la Adolescencia, sin perjuicio de las dependencias que pudieran crearse por Resolución ministerial, está compuesto por las siguientes:

  • a- Dirección del Programa Abrazo.
  • b- Dirección de Información Estratégica Nacional sobre niñez y adolescencia.
  • c- Dirección para la Política Integral de la Primera Infancia.
  • d- Departamento de Atención Adolescente y Políticas para la Reinserción Socioeducativa de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.

De las Funciones

El Viceministerio de Planificación, Programas y Proyectos de la Niñez y la Adolescencia, tiene las siguientes funciones y atribuciones:

  • a- Dar cumplimiento en sus acciones a las disposiciones normativas, tratados internacionales ratificados por el Paraguay, programas, plataformas de acción y legislación interna en materia de protección integral a niñas, niños y adolescentes.
  • b- Promover la elaboración y gestión de las Políticas, programas y planes vinculados a la promoción y protección de la niñez y adolescencia desde la perspectiva de derechos.
  • c- Promover la implementación del Sistema Nacional de información sobre la Niñez y Adolescencia, articulando con los demás Viceministerios.
  • d- Proponer el desarrollo de un sistema de monitoreo y evaluación de políticas, planes y programas dirigidos a la niñez y la adolescencia.
  • e- Impulsar estudios e investigaciones en temas vinculados a los derechos de la niñez y la adolescencia.
  • f- Proponer estrategias de transversalización de los derechos de niños, niñas y adolescentes en las políticas del Gobierno Nacional.
  • g- Elaborar y proponer los planes de trabajo del Viceministerio y de las diversas dependencias que lo integran, articulando la ejecución de políticas institucionales con los demás Vice Ministerios y facilitando la capacitación continua y la especialización del personal que lo integra.
  • h- Otras funciones y atribuciones establecidas en el artículo 7 de la Ley N° 6174/2018 y demás normativas, como también las que disponga el Ministro por Resolución.

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